PARTE DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la parte actora en la presente causa, sobre: Un bien inmueble constituido por un apartamento signado con el Nº 1A-2-5, integrante del edificio 1A del Conjunto Residencial "San Eduardo", sector El Campito, Municipio Libertador del Estado Mérida. Dicho apartamento esta ubicado en el piso 2º del mencionado edificio, tiene una superficie de CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (47,82 mts2), y constan de las siguientes dependencias: Dos habitaciones, un closet, sala de baño, recibo, comedor, sus linderos así como sus demás características aparecen en el documento de condominio y .....