Visto la Transacción de fecha 20 de Julio del 2016 (folio 40), celebrada entre el abogado SERGIO GUERRERO VILLASMIL, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 71.631, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano JESUS FRANCISCO RUIZ LUGO y la ciudadana ANDREA SIERRA HERRERA, asistida debidamente por el abogado ALFREDO SALCEDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 160.373, en su carácter de parte demandada, en el presente proceso. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el proceso, pero no ordena el archivo del expediente hasta tanto no quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. YAMILET J. FERNANDEZ CARRILLO.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. HEYNI D. MALDONADO G.