El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRICOLA, solicitada por el abogado ANDY ASDRÚBAL ROJO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.929.813, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.148, domiciliado en la ciudad de Valera, estado Trujillo, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadana MARIA DE LOS ANGELES ARAUJO DE BLANCO, MARIANGEL BLANCO ARAUJO y ROSANGEL BLANCO ARAUJO, venezolanas, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.061.220, V-19.101.029 y V- 15.953.993, domiciliadas en la ciudad de Valera estado Trujillo, sobre el área efectiva de producción constante de una superficie de TRES HECTÁREAS CON DOS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (3ha con 2168 Mts2), existente en el lote de terreno denominado "EL JUMANGAL", ubicado en el sector El Jumangal, Parroquia Capital Justo Briceño, Municipio Justo Briceño del .....