DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos2,23, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 471.1 del Código Orgánico Procesal Pena, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA POR PRESCRIPCION impuesta al penado: CARLOS ARTURO LOPEZ VILLEGAS, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.244.821, residenciado en Rio Perdido, debajo de la Escuela, Municipio Obispo Ramos de Lora, Estado Mérida, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO CONTINUADO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, condenado cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley dispuestas en el artículo 16 del Código Penal. Y como cons.....