Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: BELCY MAGDALENA PEREIRA DE ROSALES y AREBALO DE JESUS ROSALES, plenamente identificados. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según el matrimonio civil contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO RIVAS DÀVILA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA; en fecha: 31 de Diciembre del año 1977, bajo el No.72, la cual se encuentra en original agregada al folio Cinco, seis, siete y su Vto. (05, 06, 07 y Vto.), del presente expediente. Se Homologa en todas y cada una de sus partes lo establecido por los cónyuges en s.....