Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACION INTERPUESTA por el Abogado ARMANDO DE LA ROTTA AGUILAR, en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano RAUL JOSÉ AGUILAR DIAZ, contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11-04-2006, que Niega la entrega de un vehículo. SEGUNDO: ORDENA la entrega del vehículo MARCA: CHEVROLET, COLOR: MARRON, TIPO: SEDAN, AÑO: 1996, PLACAS: KAC60F, MODELO: CORSA, CLASE: AUTOMÓVIL, USO: PARTICULAR, SERIAL DEL MOTOR: 8TV317303, SERIAL DE CARROCERÍA: 8Z1SJ5168TV317303 al reclamante ciudadano RAUL JOSE AGUILAR DIAZ, en calidad de GUARDA Y CUSTODIA, pudiendo únicamente usarlo a tr.....