Por Decisión N° 469/07 de esta fecha, el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho no es típico, figurando como imputado FREDDY COLL, el cual no se encuentra plenamente identificado en la presente causa, y como víctima la adolescente (identidad omitida).-