Se declaro CON LUGAR la oposición formulada en diligencia de fecha 10 de febrero de 2004 por la parte actora, a la admisión de las documentales indicadas en los literales A), C), D), E), F) y G) del capítulo primero del escrito de pruebas de fecha 04 de febrero de 2004, promovidas por la ciudadana empresa codemandada, ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el juicio a que se contraen las presentes actuaciones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, SE NEGO la admisión de tales documentales, por ser manifiestamente ilegales. Se declaro CON LUGAR la impugnación formulada en el referido escrito por el apoderado actor a la copia fotostática simple del pasaporte de la ciudadana MARJOLET MONTAIGNE, indicado en el literal B) de dicha promoción, igualmente promovido por empresa codemandada. De conformidad con el artículo 429, primer aparte, del Código de Procedimien.....