"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana Milagros Herlinda Contreras Hernández, asistida por el abogado en ejercicio Néstor Edgar Ortega Tineo, contra contra el ciudadano Luis Alberto Estrada Molina, por vencimiento de prórroga legal y cobro de honorarios profesionales, por ser contraria a una disposición expresa de la Ley (artículos 78, 81, ordinal 3º y 341 del CPC). Así se decide."