Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la conversión en divorcio de la separación de cuerpos, suscrita por los ciudadanos EDILIO JOSÉ VIVAS SANCHEZ y SHERLLEYN SALAS PERNIA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.075.319 y V-16.019.813, domiciliados en la ciudad de Tovar, Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, y en consecuencia se DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los prenombrados cónyuges, y que los unía según acta de matrimonio civil inserta bajo el No. 001, de fecha once (11) de Febrero del año dos mil seis (2006), llevada por ante el Registro Civil de las Parroquias EL Llano-San Francisco, Municipio Tovar del Estado Boli.....