Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Su INCOMPENTENCIA en razón de los intereses del adolescente Yolbert Yoel Saavedra Álvarez, hijo de las partes contendientes, y declina la competencia al Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Remítase el presente expediente con oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos una vez quede firme la presente decisión.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.