Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, declara DESISTIDA la apelación interpuesta por los abogados CAROLINA FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JUAN ALEXIS SÁNCHEZ, en su condición de Fiscales adscritos a la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público, contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía en fecha 20-10-2005, mediante la cual declaró sin lugar la aprehensión en flagrancia del imputado (se omite nombre), ordenó su libertad pena y acordó la tramitación del proceso por la vía ordinaria, devolviendo las actuaciones a los representantes del Ministerio Público para que continuase su investigación, por .....