RIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; ténganse como la ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: BLASITO MEZA MARQUINA, quien en vida fuese venezolano, de sesenta años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.039.753, natural de este Estado quien falleció abintestato, el día doce (12) de febrero del año dos mil diez (2.010), según acta de defunción Nº 169, folio 105, del año 2010, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del Estado Mérida, a los ciudadanos MARIA MATILDE RIVERA DE MEZA, ALEXANDER MEZA RIVERA, ROSEMARY DEL CARMEN MEZA RIVERA y BLADIMIR MEZA RIVERA, en sus condición de conyugue e hijos del causante, Plenamente identificados. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
SEGUNDO: Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de co.....