este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como el Régimen Procesal transitorio del trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por la materia para conocer la presente causa y declina su conocimiento al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas.
Remítase original del presente expediente una vez transcurrido el lapso de cinco (05) días de despacho a partir del día siguiente al de hoy, para que la parte ejerza el recurso pertinente contra la presente decisión.