Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 470.6 y 474, en concordancia con el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la Juez de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a favor del penado FRANCISCO JOSÉ VARELA RIVAS, contra la sentencia emitida en fecha 06-05-2004, por el Tribunal de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que lo condenó a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
2.- Modifica el quantum de la pena impuesta a FRANCISCO JOSÉ VARELA RI.....