Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso la ciudadana: MARIA CLEMENCIA SUAREZ, contra de el ciudadano: JOSE DARIO LACRUZ ,en su condición de representante legal de la empresa denominada COMUNICACIONES LA SORPRESA, ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de Bolívares CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS BOLÍVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 479.916,97) por los conceptos antes señalados. Así se establece
PUBLÍQUESE, REGISTRESE, CERTIFIQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ
Abg. REINA RONDON EL .....