OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado WILMER SANTIAGO RIVAS TORRES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.223.298, natural del Estado Mérida, nacido en fecha 11-05-73, de 33 años de edad, hijo de Rómulo Rivas Contreras (v) y de Silvia Torres (f), oficial de seguridad del grupo LT, C.A, residenciado en el Sector Las Minas, La Escuela, casa s/n, cerca de la Cancha. San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, evidenciándose de la revisión de la causa que el mencionado ciudadano, no estuvo detenido, faltándole por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, acordando en consecuencia este Tribunal el plazo de la Suspensión por CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, contados a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponiendo el Tribunal al penado WILMER SANTIAGO RIVAS TORRES, las siguientes condiciones u obligaciones:
1.- No cambiar de residen.....