DISPOSITIVA
En base a las consideraciones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, por Unanimidad, ABSUELVE a JOEL RAMÓN RANGEL venezolano, de 29 años de edad, natural de Maracay, Estado Aragua, fecha de nacimiento 10-03-80, obrero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.039.994, hijo de BLANCA ZORAIDA RANGEL VARELA y padre desconocido, con primer año de bachillerato de instrucción, soltero, residenciado en la Urbanización Buenos Aires, avenida 2, casa 2-64 específicamente frente al parque, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO COMETIDO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en armonía con el articulo 458 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso ciudadano EDUARDO ZAMBRANO MÉNDEZ y LESIONES INTENCIONALES previst.....