Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de octubre de 2000 por el abogado ASISCLO UZCÁTEGUI en su carácter de apoderado judicial del demandado. Se declaró CON LUGAR la demanda interpuesta el 18 de julio de 1994 ante el extinto Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida por el ciudadano JOSÉ JUAN ZAMBRANO, a través de su apoderado judicial, abogado JOSÉ ALFONSO MARQUEZ PEREIRA, contra el ciudadano ADELIO ROCCO AURELIO ANDREETA RIVA. Se CONDENÓ al demandado a pagar al actor, la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 677.500,oo), por los conceptos a que se ha hecho referencia en la parte motiva de la sentencia.