Dispositiva:
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de Yglismar del Valle Rivas Castillo, titular de la cédula de identidad N° 13.967.258, de conformidad con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Pena, suspensión que se acuerda por el lapso de dos (2) años, cinco (5) meses y once (11) días, el cual comenzará a transcurrir a partir de la fecha de imposición de esta decisión.
Líbrese boleta de citación a la penada, para el día martes dos de octubre del año en curso (02.10.2007), a las dos y treinta de la tarde, para imponerla de la suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada a su favor, para que suscriba el acta de compromiso y se le haga entrega de copia certificada de esta decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Peniten.....