ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Se declara con lugar la Solicitud de Prorroga, presentada por el Representante de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, Abogado LUIS ALFONSO CONTRERAS,, y se acuerda el lapso de quince (15) días, contados a partir del día 03 de octubre de 2011, para la presentación del Acto Conclusivo en la presente causa, seguida al imputado LINO OCHOA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, agricultor, obrero, titular de la cédula de identidad No. V-9.149.043, natural del Norte de Santander de la República de Colombia, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, siendo decretada en esa oportunidad Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por la comisión del delito OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado .....