"...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Iraides De Jesús Gutiérrez Gil y Francisca Calderón Gil, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el 10 de diciembre de 1999, ante el ciudadano Prefecto Civil del Municipio Autónomo Rangel del estado Mérida, según consta en copia certificada del acta de matrimonio nº 22, librada al efecto. Así se declara..."