El Tribunal dictó decisión negando lo solicitado por la abogada MARLY ALTUVE, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 16 de octubre de 2014 (folios 331 y 332, segunda pieza), referente a la reposición de la causa; la nulidad y revocatoria por contrario imperio de las notificaciones que obran insertas a los folios 287 al 294. Así se decide.