´El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRICOLA, solicitada por la Defensora Pública Provisoria Segunda Agraria Abogada MARIA ZORAIDA SUESCUM ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.352.987, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°84.134, actuando previo requerimiento del ciudadano LUIS JOSE NOGUERA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-26.439.076, con domicilio en el sector Bella Vista, Parroquia Mesa de las Palma, Municipio Antonino Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida, sobre el área efectiva de producción constante de una superficie de TRES HECTÁREAS OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA (3Ha 8.3360m2), existente en el lote de terreno denominado "LAS TAPIAS", ubicado en el sector Bella Vista, Parroquia Mesa de Las Palmas del Municipio Antonio Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida, todo esto según el .....