En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, AUTORIZA, a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Mérida, con sede en El Vigía, para que por sí misma o por intermedio de una comisión de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas al mando del Sub Comisario Luis Rodríguez, realicen un registro domiciliario en las viviendas de los ciudadanos RINEY JONATHAN FLORES VALERA, venezolano, de 27 años de edad, cédula de identidad número V-14.962.750, funcionario de la Policía del estado Mérida con el rango de Sub Inspector, residenciado en 01) Orosman Rojas,.....