DECISION
Por las razones expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, las cuestiones previas alegadas por el abogado LUCIDIO ENRIQUE PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.296.603, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.445, en su condición de apoderado judicial del ciudadano FREDDY DE JESUS RODRIGUEZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 8.089.516, parte demandada en la presente causa. En consecuencia PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Cuestión Previa contemplada en el ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, debiendo subsanar dentro el plazo de cinco días siguientes al vencimiento del término del emplazamiento, conforme lo señala el artículo 350 ejusdem. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la Cuestión Previa con.....