De acuerdo al computo que antecede, se evidencia que desde el día 15 de Enero de 2016, (exclusive), hasta el día de hoy veintiocho de Enero de 2016 (exclusive), han transcurrido en este Tribunal ocho (08) días hábiles de Despacho, y habida consideración que el recurso de Apelación ejercido por el ABG, ARTURO JOSÉ BONOMIE MEDINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.486.589, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.344, con el carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana HAYDEE COROMOTO MÁRQUEZ CAMACHO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.045.470, parte solicitante, contra el auto de fecha 15 de Enero de 2016, obrante a los folios 25 al 28 de estas actuaciones, el mismo fue presentado el día 27 de Enero de 2016, es decir, de acuerdo al computo realizado, al octavo día de Despacho siguiente a la fecha 15 de Enero de 2016, acogiendo el Criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de.....