este Tribunal declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, intentada por los ciudadanos BADELL SUAREZ GUADALUPE y MORA HERNANDEZ JOSE EDILBERTO, de conformidad con artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente en concordancia con la Sentencia Nº 1070 dictada por la Sala Constitucional en fecha 09 de Diciembre de 2016 así como la Sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia No. RC.000136, de fecha 30 de marzo de 2017. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS PRENOMBRADOS CIUDADANOS, con arreglo al matrimonio civil, que ambos contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 12 de diciembre de 2019, según consta del acta de matrimonio número 86.