Es por lo que este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, vista la incomparecía del Penado: JOHAN JAVIER MENDEZ CHOURIO, plenamente identificado, sin motivo justificado, Acuerda: Librar la correspondiente Orden de Aprehensión, para cuyo efecto ofíciese a los Organismos Competentes, quienes una vez hagan efectiva dicha aprehensión lo pondrán a la Orden de este Despacho. Cúmplase.
JUEZ DE EJECUCION N° 01
ABG. CARMEN AIDA VELAZQUEZ MALDONADO.
SECRETARIA