Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DIAZ, Juez de esta Alzada, conforme a la causal prevista en el ordinales 7° y 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem.
En consecuencia, se acuerda convocar al Suplente Especial de esta Alzada, Doctor NELSON TORREALBA ANGEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Publíquese, compúlsese y líbrese Boleta de Convocatoria.
EL JUEZ DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. ERNESTO JOSE CASTILLO SOTO
PONENTE
LA SECRETARIA,
ABG. ASHNERIS MASSIEL OSORIO R.
En la misma fecha se libró boleta de convocatoria N° LG01OFO2007000452.-
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