En base a las consideraciones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Mixto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, por Unanimidad, ABSUELVE a ALFREDO ENRIQUE RAMÍREZ, venezolano, soltero, de 35 años de edad, no porta cédula de identidad pero dice ser titular de la cédula de identidad N° 16.671.422, nacido en fecha 13-02-71, de ocupación obrero haciendo bloques, hijo de Ángel Tales (f) y Leonor Ramírez (f), con segundo grado de educación primaria, residenciado en el Sector Agro-Técnico, al final de la primera calle, última casa, Nueva Bolivia, Estado Mérida; por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados respectivamente en los artículos 277 y 416 del Código Penal.