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Decisiones del dia 28/03/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 23718 N° Sentencia : 1 Fecha: 28/03/2016
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
DTE: SUAREZ CHACON LUBIA TERESA, DDO: CHACON SOLER NESTOR LUIS
Resumen:
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde el día 26 de Noviembre de 2015 fecha de la última actuación de las causa, exclusive, hasta el día de hoy, inclusive, han transcurrido CINCUENTA Y SEIS (56) DIAS DE DESPACHO, sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y la Constitución, de conformidad con el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia en el presente proceso, por negligencia de la parte actora ante la falta de impulso procesal a fin de hacer efectiva la citación de la parte demandada. Se ordena dar por terminado el juicio y archivar el expediente una vez se encuentre firme la presente decisión. Se ordena .....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Guevara
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 23243 N° Sentencia : 1 Fecha: 28/03/2016
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
DTE: EURO OSORIO DAVILA. DDO: MILAGRO YAMILEN GUZMAN
Resumen:
Por cuanto el Tribunal observa que no se presentó la parte demandante de la presente causa al Primer Acto Reconciliatorio, es por lo que de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece: Artículo 756.- Admitida la demanda de divorcio o de separación de cuerpos, el Juez emplazará a ambas partes para un acto conciliatorio en el cual las excitará a reconciliarse, haciéndoles al efecto las reflexiones conducentes. Este acto tendrá lugar pasados que sean cuarenta y cinco días después de la citación del demandado, a la hora que fije el Tribunal. A dicho acto comparecerán las partes personalmente y podrán hacerse acompañar de parientes o amigos, en número no mayor de dos por cada parte. La falta de comparecencia del demandante a este acto será causa de extinción del proceso.
Juez/Ponente:
Juan Carlos Guevara
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
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