DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA, intentada por el Ciudadano: CARLOS JAVIER SALCEDO DUGARTE, Representante de la Empresa SOFWARE ANDINO C.A., asistido por la Abogada Iris Espinoza Pineda, identificados en autos, contra la Empresa CENTRO ÓPTICO JOHNEN COMPAÑÍA ANÓNIMA, representada por el Ciudadano Jacinto Ramón Rivero Pérez, igualmente identificado, por COBRO DE BOLÍVARES, y en consecuencia se condena a la parte demandante al pago de las costas procesales conforme lo establece el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.