Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: De conformidad con el literal “a” del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se admiten totalmente la acusación presentada por la Fiscalia Décimo Octava del Ministerio Público contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de Autor, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jormanth Joseph Linares Ramírez, encargado de la EMPRESA MOVISTAR PROMOCELL IV y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del C.....