Este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 185 y 189 del Código Civil, en concordancia con los artículos 762 del Código de Procedimiento Civil, declara la conversión de la separación de cuerpos y de bienes existente entre los cónyuges ciudadanos JESUS ANGEL CHACIN HERNANDDEZ y EDELIS DORA ACOSTA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. 2.739.071 y 3.372.356, respectivamente, domiciliados en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; declarada por este Tribunal según acta de fecha 16 de noviembre de 2011, en divorcio, y la separación de bienes.
Como consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los citados cónyuges, según consta del acta de matri.....