Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana XIOMARA ADELA PEREZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V- 11.221.250, asistida por la Abogada NATALIA MARINA SALCEDO PAPARONI, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.024.728, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 110.038, y hábiles; désele entrada y el curso de ley correspondiente. En cuanto al DESISTIMIENTO del procedimiento hecho por la parte solicitante en diligencia enviada vía correo electrónico de fecha 14-05-2021, inserta al folio cuatro (4), suscrito por la ciudadana XIOMARA ADELA PEREZ RAMIREZ, asistida por la Abogada NATALIA MARINA SALCEDO PAPARONI, Ut Supra identificadas, y revisados como han sido los puntos que conforman las mismas, se observa que estas no vulneran el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas Constitucionales que son de indubita.....