Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de la partida de nacimiento de ALFONSO ACOSTA, inserta por ante la Prefectura Civil de la Parroquia San Juan Municipio Sucre del Estado Mérida y se establece que el nombre del solicitante es ALFONSO ACOSTA y no como aparece en la partida de nacimiento. Queda así rectificada.