DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra la Propiedad (EXTRAVIO DE PLACAS DE VEHICULO), por cuanto no fue perpetrado hecho punible alguno; es decir, el hecho investigado no es típico, cometido en perjuicio de MAURICIO JOSÉ VARGAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 320 ejusdem y los artículos 26, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por encontrarse llenos los extremos de Ley. Y ASÍ SE DECIDE. Se acuerda notificar a las .....