PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Reclamo interpuesto por la abogada NERY DEL SOCORRO HERNÁNDEZ DE VEGA, actuando en su propio nombre y en su condición de apoderada judicial de las ciudadanas GLORIA JOSEFINA VEGA NOGUERA e ISBELIA VEGA DE MALDONADO, con el carácter de autos, plenamente identificadas en este fallo, contra la abstención en la practica de la medida de entrega de la planta alta del inmueble, así como del solar que forma parte de la vivienda principal Nro 67, ubicado en la avenida Bolívar de la Población de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, por el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en fecha 20 de marzo de 2013.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena al JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA que cumpla con el Mandamiento de Ejecución librado por este Juzgado en fecha.....