El Tribunal homologo el convenimiento suscrito por los ciudadanos: YULIANA ANDREINA VILLARREAL SANTIAGO y JUAN ISAAC VERGARA VERGARA, venezolanos, mayores de edad, solteros, de oficios del hogar y agricultor, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-23.725.111 Y V-20.709.663 respectivamente, domiciliados ella en el sector Piedra Gorda y el en el sector Las Mercedes de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, mediante el cual acuerdan el aumento de aumento de la Obligación de Manutención y Bonos Especiales a favor de sus hijos (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de cuatro (04) y dos (02) años de edad respectivamente.-