DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 16 de junio de 2014, por el abogado MARCOS ALIRIO ANDRADE MORENO, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARELLYN FIORELLA ANDRADE MORENO, contra el auto de fecha once (11) de junio de 2014, dictado por el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido por la ciudadana MARELLYN FIORELLA ANDRADE MORENO, en contra del ciudadano BIANCHINI PETRINI DINO, plenamente identificados en autos, contenido en el expediente identificado con el guarismo 06194 de la numeración propia del referido Tribunal, mediante el cual éste, no oye la apelación interpuesta en fecha 10 de junio de 2014, por el recurrente, contra el auto dictado por dicho Tribunal el 03 del mismo mes y año en el juicio de marras. SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 11 de junio de 2014, proferi.....