PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: PRIMERO: Se ordena la reanudación de la presente causa y su continuación en el estado en que se encontraba para el momento en que fue decretada la paralización legal, esto es, en estado de decidir sobre la apelación planteada por la abogada MARÍA CELINA ARRIA, en su condición de apoderada judicial de la parte co-demandada ciudadana MARVEL DE JESÚS AVENDAÑO SEGOVIA. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. TERCERO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, y dado la paralización legal en que la presente causa se encontraba sumergida, se hace necesaria la notificación de las partes, la cual por este mismo fallo se ordena, con el bien entendido que de confo.....