Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, con lugar por estar ajustada a derecho, la solicitud del Ministerio Público, correspondiente a la AUTORIZACION al Grupo Anti-Extorsión y Secuestro, de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando El Vigía; para: 1. FILMAR con la cámara digital filmadora Handycam, marca Samsung, modelo SCL901, serial W45767AXC25844W, 2. FOTOGRAFIAR con la càmara digital, marca Vivitar, serial Nº CDNV5F008299A, 3. INTERCEPTAR Y GRABAR LAS LLAMADAS TELEFONICAS, a través de la grabadora Marca Sony, Modelo TCM-919, serial Nº 0509513, del abonado telefónico 0414-7318135, propiedad del Ciudadano JOSE GREGORIO ALBARRAN QUINTERO, en los lugares donde se estén cometiendo los delitos, relacionados con el presente caso, a objeto de dejar constancia del hecho investigado y de la identificación de lo.....