DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: niega la entrega del vehículo (identificado supra), a la solicitante Dulce María Salazar de Puccini, actuando en nombre y representación del ciudadano Alejandro José Mora Balzan.
El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los artículos 2, 26, 43, 115, 253 y 257 Constitucional; artículos 2, 4, 7, 8, 19, 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la solicitante y a la Fiscalía del Ministerio Público.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal de Control nro. 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a los veinte y ocho (28) días del mes de noviembre (11) de dos mil siete (2007)