PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por la representación judicial de la parte demandada reconveniente, contra la sentencia de fecha 14 de junio de dos mil diez, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por el ciudadano OMAR JOSE AGUADO, contra los ciudadanos JESÚS MANUEL RUIZ DÍAZ y BEATRIZ SUÁREZ ZULUAGA.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la RECONVENCIÓN que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO fuera interpuesta por los ciudadanos JESÚS MANUEL RUIZ DÍAZ y BEATRIZ SUÁREZ ZULUAGA, en contra del demandante, ciudadano OMAR JOSÉ AGUADO.
CUARTO: SE MODIFICA la sentencia apelada, de fecha 14 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
QUINTO: Se declara RESUELTO el contrato.....