Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: de conformidad con los artículos 194 y 195 de la Ley De Tierras y Desarrollo Agrario y 363 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa el acuerdo alcanzado en fecha diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, ordenándose el cierre y archivo del presente expediente. Así se decide.-