DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley acuerda: se declara con lugar la solicitud de calificación de aprehensión por flagrancia. Cuyo hecho fue precalificado como ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA TIPIFICADO EN EL ARTICULO 272, 277 Y 458 DEL Código Penal en contra del adolescente antes mencionado y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. b) Decreta medida cautelar privativa de libertad de conformidad con el artículo 581.A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 250 ordinales 1,2 y 3 y 251.2 Y 3 del Código Orgánico Procesal Penal c) Se acuerda el procedimiento BREVE dentro del término legal, remítase las actuaciones al tribunal de juicio. Se acuerda el pedimento de la defensa por ello se ordena la realización del informe social de conformidad con el artículo 622.h de la Ley Orgánica para la Pro.....