Por las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 446/2014 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, realizada por los ciudadanos ELIBETH NATHALY PEÑA, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-16.307.012, teléfono 0424-7586855, y JOSE LUIS GUTIERREZ ZAMBRANO, mayor de edad, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-16.743.290, respectivamente y civilmente hábiles.
Segundo: Como consecuencia de la anter.....