El Tribunal homologó el convenimiento suscrito por los ciudadanos: ANGELA ROSA MONTILLA VILLARREAL y YOHANY ALBERTO VERGARA LOBO, venezolanos, mayores de edad, solteros, de oficios del hogar y comerciante y obrero, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.095.143 y V-17.391.987, respectivamente, domiciliados, ella en el Sector Piedra Gorda y él en Los Llanitos, casa s/n frente a la capilla, segunda vereda, ambos de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos a favor de los niños (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de seis (06) y un (01) años de edad, respectivamente,