Firme como quedó la sentencia dictada por el Tribunal de Control Número 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida en fecha 22 de febrero del 2.005 (folio 50 al 53), contra el penado SIMON ANTONIO ZAMBRANO VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.964.921, en la que se le condenó a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, PREVIO A HABER ADMITIDO LOS HECHOS, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 479 en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, adminiculado al artículo 482 ejusdem, ORDENA SU EJECUCION y la inmediata realización del CÓMPUTO DE PENA. En tal sentido se obs.....